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COVID-19: ¿Vacuna pública o privada?

Fuente: AFP

La publicación del Decreto Supremo Nº 002-2021-SA, que permite la fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, expendio o uso de medicamentos como la vacuna contra la COVID-19, causó dudas sobre si la ansiada vacuna será pública o privada. Entérate en esta nota si la vacuna será universal y gratuita.

Luego de la publicación del DS, la preocupación volvió a los peruanos quienes recordaron cuando las clínicas y farmacias privadas vendían a un precio exorbitante los medicamentos que se usaban como tratamiento contra la COVID-19, mientras el sistema sanitario pasaba por sus peores momentos.

Sin embargo, cabe recordar que todas las autoridades reguladoras de medicamentos de todos los países están aprobando las vacunas en una situación de emergencia. Esto quiere que es el Estado el que está a cargo de la distribución y aplicación, tal y como lo aclaró la ministra de salud Pilar Mazzetti.

No es posible (que este año laboratorios privados comercialicen la vacuna contra el COVID-19) porque quien coloca una vacuna de emergencia la coloca en situación de emergencia, y en situación de emergencia uno asume todos los riesgos, incluido el seguro para cada persona que se le aplica la vacuna y la atención médica de cualquier eventualidad que pueda surgir, es por eso que en todos los países del mundo es el Estado el que está haciendo eso”.

El objetivo de esta aplicación de emergencia es lograr primero una inmunización masiva, o sea, vacunar a la mayor cantidad de población posible y es la red del Minsa y EsSalud que cuenta con el mayor alcance en el país. La entidades privadas podrán comercializar las vacunas luego de que el Estado logre su objetivo.

Por otro lado, la cantidad de vacunas requeridas hacia farmacéuticas internacionales es inmensa y solo el Estado tiene capacidad para comprarlas. Además, muchas farmacéuticas han declarado que por lo menos durante todo este 2021 comercializarán solo directamente con los Estados.

Entonces el DC supremo publico tiene como objetivo dejar el camino abierto para que las empresas privadas se preparen y soliciten el registro sanitario condicional a la autoridad correspondiente para importar y comercializar la vacuna contra la COVID-19, pero eso ocurrirá por lo menos en 2022 porque las privadas deben evaluar primero la efectividad y seguridad de la vacuna y si es rentable comercializarla, ya que no se sabe si la aplicación será 2,3 o 4 veces al año.