La Sunarp dio a conocer los beneficios de inscribir formalmente la relación de convivencia o unión de hecho en los registros públicos.
Los bienes patrimoniales que adquieran durante el periodo del concubinato, como lo establece la legislación peruana serán repartidos mutuamente en ambas partes tanto para hombre y mujer así lo establece la ley 30007 desde el 2013, ley que modifica los artículos 326,724,816 y 2030 del código civil a fin de reconocer derechos sucesorios entre los miembros de uniones de hecho.
La unión de hecho es una figura jurídica que ampara a los concubinos o convivientes que la adoptan. Es una especie de matrimonio informal, donde la filiación se obtiene mediante el reconocimiento mutuo de la pareja. La convivencia en el Perú en los últimos diez años según datos del INEI (Instituto Nacional de Estadística e informática) aumentó de un 24 ,6% a 26,7%.por ello, la unión de hecho a diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en la unión de hecho el régimen patrimonial es único y forzoso, es decir todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos remarcó la importancia de inscribirse como una pareja de unión de hecho para gozar de dichos beneficios, en tanto que acuda a un notario público y tramite los siguientes requisitos https://www.sunarp.gob.pe/PRENSA/inicio/post/2019/02/04/convives-asi-puedes-inscribir-tu-union-de-hecho-y-garantizar-tus-derechos-como-conviviente1 publicados en el portal web de dicha institución.
Finalmente, el notario público extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual remitirá al Registro Naturales de Sunarp del lugar donde estos domicilian.