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La ciberdelincuencia: ¿quién nos protege?

Parte de la globalización y la tecnología ha permitió ingresar a nuestras vidas, nos hemos adaptado a esta nueva forma de vida y hemos aprendido a manejar diversos sistemas tecnológicos, ya sea desde un celular o computadora, y los sistemas que cada uno de ellos emplean, sin embargo, no podemos negar que con la irrupción de la tecnología en nuestras vidas ha sido un gran avance, pues no hay discusión en que facilita la vida y ahorra tiempo.

Si hablamos de ciberdelincuencia nos referimos a una actividad delictivo en la que los ordenadores y los sistemas de información se utilizan como principales herramientas para delinquir o son objeto principal del delito. Por ello, es necesario el convenio sobre la ciberdelincuencia, conocido también como el “convenio de Budapest. Este convenio tuvo su origen en la necesidad de los países de Europa, pues al ser países desarrollados, advirtieron problemas con el empleo de la tecnología, la protección de derechos y la regulación de las sanciones. Finalmente, en el 2019 se aprobó este convenio el 12 de febrero con la Resolución Legislativa 30913, que tajo como consecuencia la adaptación de nuestra legislación a este convenio. En el artículo 186 del Código Penal se reguló una pena no menos de tres ni mayor a seis años cuando el hurto se realizaba mediante la utilización de trasferencia electrónica de fondos, de la temática en general o la violación del empleo de claves secretas.