Fuente: El Nacional
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Medidas de integridad dictadas por el Ejecutivo en el marco del inicio del proceso de vacunación contra el Covid-19.

Luego de que llegaran las primeras vacunas contra el virus del Covid-19 al Perú, el gobierno de transición y emergencia de Francisco Sagasti, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, dictó las primeras medidas de integridad para garantizar el normal desarrollo del proceso de vacunación en el país.

La norma comprendida en el Decreto Supremo Nº 020-2021-PCM tiene por objeto establecer medidas de transparencia, probidad e integridad para prevenir actos que puedan afectar  el normal desarrollo del proceso de vacunación dispuesto por el gobierno para prevenir el COVID-19.

Entre las disposiciones planteadas se destaca el papel de control y fiscalización de los funcionarios y servidores públicos de los tres niveles de gobierno quienes como responsables de llevar a cabo el proceso, han de conformar equipos de trabajo, seguir las directivas, cumplir con los plazos y fases establecidas por el Ministerio de Salud, así como invitar a participar a otras entidades con el fin de que coadyuven con el proceso antes mencionado.

Asimismo, se señala la conducta ética que deben mantener los funcionarios y servidores públicos a fin de evitar algún tipo de favorecimiento irregular, daño o perjuicio a una persona. De ser el caso, la norma también establece que cualquier ciudadano tiene la competencia de denunciar dichos actos a través de las plataformas virtuales del Estado o cualquier otro medio que pueda hacer llegar el mismo ante las autoridades competentes, quienes deben iniciar una investigación inmediata.

Finalmente, y para otorgar protección al denunciante de actos irregulares, se ha de aplicar el Decreto Legislativo Nº 1327, que establece las medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS.