EconómicaPOLÍTICA

Polémica por el acceso de Sunat al secreto bancario

Fuente: RPP Noticias

La Sunat podrá tener acceso al secreto bancario de cuentas financieras de personas naturales y empresas que tengan un saldo igual o mayor a S/ 10 000 con el objetivo de combatir la evasión y elusión tributaria. Sin embargo, esta norma a causado polémica respecto a su constitucionalidad, seguridad y eficacia.

Desde el 01 de enero del 2021, las entidad financieras (bancos, cooperativas, cajas de ahorro, etc.) tendrán la obligación de proporcionar datos de identificación del titular y datos de la cuenta. Si es persona natural, se otorgará el nombre, tipo y número de documento de identidad, número de RUC o NIT, domicilio, tipo de depósito, número de cuenta, código de cuenta interbancario y el tipo de moneda; si es persona jurídica, se dará la razón social, RUC o NIT, domicilio, saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el período que se informa.

Constitucionalidad
En primer punto cuestionable de la norma es que aparentemente va en contra del derecho de secreto bancario y tributario. En el art. 2 núm. 5, se menciona que el secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse solo a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.

Ante esto, Tania Quispe, exsuperintendenta de la Sunat, aclaró que ya existe antecedentes como el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) y el Decreto Legislativo 1434 de 2018.

«El ITF en su momento fue igual de polémico como lo es ahora esta medida y fue revisado por el Tribunal Constitucional que llegó a la conclusión de que no violaba a la Constitución». Asimismo, «esta norma se basa en el Decreto Legislativo (DL) 1434. A partir de su publicación, el Congreso y la Comisión de Constitución hicieron la revisión y llegaron a la misma conclusión». Detalló Tania Quispe para RPP Noticias.

Por otra parte, el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), César Landa señaló que no se debe interpretar la Carta Magna de manera aislada. Se menciona una violación al derecho bancario, pero en este caso la norma tiene como objetivo combatir delitos como la evasión y elusión tributaria.

Efectividad
El abogado penalista Carlos Caro Coria explicó que la norma se puede entorpecer mediante mediante una acción popular, una acción de amparo o una acción de inconstitucionalidad.

Ante la cuestionable efectividad, el Intendente Nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, comentó, en conversación con RPP Noticas, que la información que se va a reportar corresponde aproximadamente al 7% de los ciudadanos y empresas que tienen depósitos en el sistema financiero. Pero que este 7% acumula el 95% del monto total
de los saldos existentes en el sistema financiero.

Algunos califican que esta actual norma es innecesaria porque la ITF ya proporciona estos datos. Sin embargo, Palmer de la Cruz detalló que «el ITF tiene un limitado alcance. De hecho tiene una lista extensa de exoneraciones sobre los cuales no se aplica ITF y, por lo tanto, no hay información, por ejemplo, en las remuneraciones».

Por su parte, exsuperintendenta de la Sunat precisó que esta norma permite mayor precisión de datos. Por ejemplo, una persona puede realizar tres transferencias de S/ 100 entre sus propias cuentas y para la Sunat esta persona tendrá un saldo de S/ 300. Con la nueva regla no ocurrirá eso porque se las entidades financieras otorgaron el saldo de las cuentas.

Seguridad
Por último, De la Cruz puntualizó que la norma fue emitida a raíz de que el DL 1434 de 2018 impuso una obligación a la administración tributaria que consiste en el cumplimiento de los estándares de seguridad y confidencialidad de la información que estableciera la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para acceder a estos datos.

De esta manera, la Sunat tuvo todo un año para poder prepararse a nivel de estructura, tecnología y personal para poder alcanzar los estándares internacionales.